La mejora de la situación sanitaria en España y el avance en el proceso de vacunación que se está desarrollando, tanto en ese país como en otros del mundo, permiten flexibilizar las medidas de entrada a territorio español para viajes con fines turísticos. Desde el 7 de junio entra en vigor la nueva normativa que tiene como principal novedad la apertura a los viajes por turismo desde países extracomunitarios para viajeros con certificados de vacunación que reúnan ciertas condiciones.

Viajar a España por turismo desde un país que no pertenece a la Unión Europea, ¿cuales son los requisitos de entrada?

Para viajar desde un país o territorio incluido en la lista de países con baja incidencia según el LISTADO DE PAÍSES DE LA UNIÓN EUROPEA/ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO y LISTADO DE TERCEROS PAÍSES , excluidos de la zona de riesgo se podrá viajar sin necesidad de prueba diagnóstica, ni certificado de vacunación e inmunidad. En estos momentos los países incluidos en esta lista son: Australia , Israel , Japón , Nueva Zelanda , Ruanda , Singapur , Corea del Sur , Tailandia , Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte , China y las regiones administrativas especiales de Hong Kong y Macao (sujeto al principio de reciprocidad).

Los que viajen desde algún otro país, por tanto, desde alguno de los considerados en zona de riesgo, desde el 7 de junio, se permitirá la entrada de personas que viajen por turismo si cuentan con un certificado de vacunación expedido por las autoridades competentes del país de origen a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis necesaria para completar el ciclo de vacunación. Las vacunas admitidas serán las autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento o aquellas que hayan completado el proceso de uso de emergencia de la Organización Mundial de la Salud. En estos momentos estas vacunas son las producidas por Biontech, Moderna, Astra – Zeneca, Jansen/Johnson & Johnson, Sinovac, Pfizer y Sinopharm.

El certificado de vacunación deberá incluir al menos la siguiente información:
1.-Nombre y apellido del titular
2. Fecha de vacunación, indicando la fecha de la última dosis administrada
3. Tipo de vacuna administrada
4. Número de dosis administradas/pauta completa
5. País emisor
6. Identificación del organismo emisor del certificado de vacunación

Independientemente del país de procedencia, los pasajeros que lleguen a España vía aérea o marítima, incluidos los que estén en tránsito y los menores de 6 años, deberán cumplimentar antes de su salida un formulario de control sanitario a través de la web www.spth.gob.es o de la app Spain Travel Health. La cumplimentación del formulario genera un código QR individualizado que el viajero deberá presentar a las compañías de transporte antes del embarque, así como en los controles sanitarios en el punto de entrada a España.

Los controles sanitarios a la llegada incluirán la toma de temperatura mediante termómetros sin contacto o por cámaras termográficas; un control documental y un control visual sobre el estado del pasajero. Los pasajeros con un Certificado COVID Digital de la UE y aquellos procedentes de países no considerados de riesgo (tanto europeos como de terceros países) obtendrán un código QR FAST CONTROL que da acceso a unos controles sanitarios más ágiles, ya que no tendrán que mostrar el certificado ni en el embarque ni en el control sanitario a la llegada. Ante la confirmación o sospecha que un pasajero puede padecer COVID – 19 se activará n los protocolos establecidos de comunicación con los servicios sanitarios de las Comunidades Autónomas para su derivación y seguimiento.

Entrar a España como pasajero de un crucero internacional

Los pasajeros de cruceros internacionales que naveguen por aguas del mar territorial no deberán utilizar la aplicación de Spain Travel Health, en cambio lo harán a través de la aplicación EU Digital Passenger Locator Form, disponible a través del siguiente enlace https://www.healthygateways.eu/.

Para más información actualizada se podrá consultar el siguiente link